El Gobierno de Daniel Ortega y Rosario Murillo impuso una reforma a los artículos 23 y 25 de la Constitución Política de Nicaragua que establece la pérdida automática de la nacionalidad nicaragüense para cualquier ciudadano que obtenga otra nacionalidad. Según el nuevo texto, “quien adquiera otra nacionalidad y jura lealtad a un Estado extranjero rompe el vínculo jurídico y moral con Nicaragua”.
Aspectos principales de la reforma:
Aspecto | Antes de la reforma | Después de la reforma |
---|---|---|
Adquisición de doble nacionalidad | Permitida sin consecuencias legales | Pierde automáticamente la nacionalidad nicaragüense |
Participación en cargos de elección popular | Permitido, renunciando a otra ciudadanía 4 años antes | Prohibido para quienes hayan adquirido otra nacionalidad |
Justificación oficial | No existía prohibición ni penalización específica | Basado en la exclusividad de la lealtad patriótica |
Aplicación | No aclarada si retroactiva | Genera incertidumbre sobre posibles confiscaciones |
La reforma fue aprobada por la Asamblea Nacional controlada por diputados sandinistas. El régimen citó argumentos históricos y de lealtad nacional para justificar la imposibilidad de doble ciudadanía, indicando que la patria exige “compromiso exclusivo”.
Implicaciones y contexto:
- Deroga el marco anterior que permitía la doble nacionalidad y participación política de ciudadanos exiliados.
- Genera incertidumbre sobre la retroactividad de la medida y su potencial acompañamiento de confiscación de bienes a los afectados, práctica utilizada en casos recientes contra más de 450 opositores y críticos del régimen.
- Afecta a miles de nicaragüenses exiliados y a quienes han buscado protección fuera del país debido a la represión.
Antecedente inmediato:
En años recientes, el gobierno ha despojado de la nacionalidad y los bienes a centenares de opositores, periodistas, defensores de derechos humanos y otros críticos, utilizando figuras legales como la traición a la patria y la inhabilitación política.
Resumen:
Con la reforma a los artículos 23 y 25 de la Constitución, el Gobierno de Nicaragua refuerza el control político y la exclusión mediante la sanción automática de la desnacionalización a quienes obtengan ciudadanía extranjera. La medida intensifica la inseguridad jurídica y el riesgo de confiscación de bienes para quienes su situación esté en duda, y refuerza el carácter represivo del actual régimen frente a la disidencia y el exilio.