San José, 10 de abril de 2025 – Mediante la Ley N°10551, el Gobierno de Costa Rica extendió hasta el 31 de marzo de 2026 el plazo para que beneficiarios del Instituto de Desarrollo Rural (Inder) soliciten la condonación parcial o total de deudas por tierras adquiridas antes del 31 de diciembre de 2005.
Detalles del beneficio
- Condonación automática (100%):
- Aplica si la deuda registrada al 24 de enero de 2017 era menor a ₡6 millones.
- El Inder procesará la cancelación sin requerir trámite adicional.
- Condonación parcial (50%):
- Para deudas superiores a ₡6 millones (según registros al 24/01/2017).
- Requisitos:
- Presentar formulario de solicitud en oficinas del Inder o descargarlo en www.inder.go.cr (sección Condonación de Tierras).
- El beneficio aplica a una sola deuda si hay múltiples adeudos.
Procedimientos clave
- Plazo límite: 31 de marzo de 2026 (según reforma a la Ley 9409).
- Gratuidad: El Inder no cobra por este trámite.
- Entrega personal: Las solicitudes deben presentarse físicamente en las oficinas del Inder.
Contexto normativo
- Ley 9409 (2017): Creó el mecanismo original de condonación.
- Reforma N°10551 (2024): Amplió el plazo y ajustó los montos elegibles.
Importante: Este beneficio aplica exclusivamente a deudas por tierras del Inder contraídas antes de 2005.
Para más información:
📞 Línea Inder: 2000-0200
🌐 Sitio web oficial (Sección «Condonación de Tierras»)
Fuente: Instituto de Desarrollo Rural (Inder).