El pasado 30 de octubre, el Consejo Nacional de Salarios aprobó un aumento del 1,83% en los salarios mínimos del sector privado, el cual entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2024. Este aumento es de aplicación obligatoria para todas las ocupaciones contempladas en el sector privado.
Es importante señalar que la lista oficial de ocupaciones con los respectivos salarios mínimos se encuentra disponible para consulta en el sitio Web del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social www.mtss.go.cr.
Además del incremento general del 1,83%, se han establecido ajustes adicionales para algunas ocupaciones específicas. Estos ajustes son:
a) Servicio Doméstico Mensual: 2,33962%
b) Trabajador Semicalificado Mensual: 0,3986390%
c) Trabajador Calificado por Jornada: 0,3955514%
d) Trabajador Especializado Mensual: 0,5562880%
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social hace hincapié en la obligación de las personas empleadoras de efectuar el ajuste correspondiente en el primer pago del próximo año, ya sea este semanal, mensual o quincenal. Es fundamental que este ajuste se refleje correctamente en los salarios mínimos de las personas trabajadoras. En caso de que dicho ajuste no sea realizado, se recuerda a las personas trabajadoras que tienen el derecho y la posibilidad de denunciar esta situación.
Para obtener más información detallada sobre estos cambios en los salarios mínimos y los ajustes específicos, se invita a consultar la lista oficial vigente a partir del 1º de enero en el sitio web del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Este aumento en los salarios mínimos representa un paso hacia una mayor equidad y justicia laboral en el sector privado, y se espera que contribuya al bienestar de las personas trabajadoras en Costa Rica.